El sistema de ventanilla única UOSS (Union One Stop Shop), es el portal electrónico donde las empresas pueden cumplir con las obligaciones del IVA sobre las ventas de comercio electrónico dentro de la Unión Europea.
Como hablábamos en el anterior post sobre la Nueva normativa de IVA para el comercio electrónico en la Unión Europea, una de las novedades es la Ventanilla Única Europea o UOSS (Union One Stop Shop por sus siglas en inglés). Este portal electrónico tiene como objetivo simplificar hasta en un 95% las obligaciones de IVA que tienen los vendedores en línea, así como las interfaces electrónicas.
La función principal que tiene la UOSS es que las empresas puedan declarar el IVA de las ventas de bienes y servicios procedentes del comercio electrónico, en el Estado Miembro, donde se encuentren dadas de alta, mediante una única declaración trimestral. Posteriormente, este mismo Estado Miembro abonará a los demás el IVA correspondiente a cada uno.
El UOSS está dirigido únicamente a aquellas ventas efectuadas por los empresarios o profesionales a consumidores finales (operaciones B2C) dentro de la Unión Europea.
¿Quién puede acogerse al Régimen de la Unión UOSS?
- Aquellos sujetos pasivos (empresarios o profesionales) que estén establecidos dentro de la Unión Europea. Siempre que:
- Presten servicios a personas que no tengan la condición de empresario o profesional actuando como tales, y que estén establecidas en la Comunidad, pero en un estado miembro distinto al del empresario o profesional.
- Ventas a distancia intracomunitarias de bienes, incluidas las que se localizan en el Estado de miembro en el que se registra el sujeto pasivo, así como las que se localizan en otro Estado miembro en el que se está establecido a efectos de IVA.
- Todos aquellos sujetos pasivos (empresarios o profesionales) que no estén establecidos en la UE podrán declarar en el régimen de la unión las ventas a distancia intracomunitarias de bienes dentro de la UE (si estas mercancías se almacenan y se envían o transportan desde un estado miembro a un cliente en otro estado miembro). En el caso de que únicamente presten servicios, podrán acoger al Régimen Exterior de la Unión o EUOSS.
- Una interfaz electrónica (establecida en la UE o fuera de esta) que facilita el suministro de bienes (siempre que sea considerado proveedor):
- Las ventas a distancia intracomunitarias de bienes, cuando el vendedor de las mercancías no esté establecido en la Comunidad.
- Las entregas nacionales de bienes (sin transporte de un Estado miembro a otro) cuando el vendedor de las mercancías no esté establecido en la Comunidad.
¿Cuáles son los cambios que trae el UOSS?
El cambio más significativo es la implantación de un umbral para todas las ventas dentro de la Unión Europea de 10.000 € anual (sin IVA incluido). Mientras no se supere dicho umbral, la empresa aplicará el tipo de IVA correspondiente al país donde se encuentra dada de alta. Si se llega a superar, la empresa será responsable de aplicar el tipo de IVA correspondiente al país donde residan los compradores.
Estas podrán registrarse de forma opcional en el sistema UOSS, donde declararán y abonarán el IVA recaudado a la agencia tributaria del Estado Miembro. Estas serán las encargadas de repartir el IVA recaudado que le corresponde a cada Estado Miembro.
Al ser un régimen opcional, en el caso de no querer aplicar al sistema UOSS, la empresa deberá estar dada de alta en el censo del IVA en todos aquellos países donde se encuentren sus consumidores, siempre que se haya superado el umbral conjunto.
El Estado Miembro de identificación es el país en el que el sujeto pasivo ha establecido su actividad. Si un sujeto pasivo no establecido en la Unión Europea, tiene un establecimiento fijo el Estado Miembro de identificación es donde tenga ese establecimiento. Si el sujeto pasivo tiene establecimientos fijos en diferentes Estados Miembros de la UE, tiene derecho a elegir uno de ellos para identificarse. El sujeto tiene que estar 2 años naturales (además del año en curso) identificado en el país escogido antes de poder cambiarlo.
Cada país comunitario tendrá su propio portal donde se podrán registrar las empresas para realizar las declaraciones de IVA.
¿Qué obligaciones adquiero dentro del UOSS?
Si vendes a través de tu tienda online:
- Aplicar el tipo de IVA del Estado Miembro al que se venden los productos o se prestan los servicios.
- Recaudar del comprador el IVA de las ventas de productos o servicios.
- Enviar una declaración trimestral electrónica a través del portal UOSS del Estado Miembro donde se está registrado.
- Realizar el pago trimestral del IVA declarado en el Estado Miembro donde se está registrado.
- Mantener el registro de todas las ventas durante 10 años. Esto incluye información general como el estado miembro de consumo del suministro, el tipo de suministro, la fecha del suministro y el IVA a pagar, pero también información más específica, como detalles de cualquier pago a cuenta e información utilizada para determinar el lugar donde el cliente está establecido, tiene su domicilio permanente o reside habitualmente.
Si eres una interfaz electrónica deberás:
- Mostrar la cantidad de IVA a pagar por el comprador, antes de que finalice el pedido. El tipo de IVA será el del Estado Miembro al que se transporta la mercancía.
- Garantizar la recaudación del IVA de los compradores.
- Enviar una declaración trimestral electrónica a través del portal UOSS del Estado Miembro donde se está registrado.
- Realizar el pago trimestral del IVA declarado en el Estado Miembro donde se está registrado.
- Mantener el registro de todas las ventas durante 10 años. Esto incluye información general como el estado miembro de consumo del suministro, el tipo de suministro, la fecha del suministro y el IVA a pagar, pero también información más específica, como detalles de cualquier pago a cuenta e información utilizada para determinar el lugar donde el cliente está establecido, tiene su domicilio permanente o reside habitualmente.
¿Qué supone este nuevo sistema?
Este régimen permite que las empresas no tengan que darse de alta en cada estado miembro cuando superen el umbral de ventas para declarar impuestos. Cada estado miembro remitirá la recaudación correspondiente de las declaraciones a los demás.
La creación de esta ventanilla única, tiene como objetivo mejorar la cooperación y coordinación entre las autoridades, digitalizando y racionalizando los procesos. De esta forma, las empresas no tendrán que presentar ante aquellas autoridades diferentes documentos en distintos portales. Esto se traduce en una modernización de los controles aduaneros, facilitando el comercio, mejorando los controles de seguridad y reduciendo la carga administrativa en las empresas para agilizar los trámites aduaneros, para que el comercio fluya sin problema y este siga aumentando dentro de los límites que marcan los controles que protegen a los ciudadanos, las empresas y el medio ambiente. El hecho de que todos estos procesos se realicen mediante un solo portal, dará lugar a un gran cambio, reduciendo costes y tiempo.
El sistema de ventanilla única es un sistema de ingresos, no se puede deducir cuotas de IVA que se soportan fuera. Para poder solicitar la devolución se deberá de proceder mediante el procedimiento de devolución de no establecidos en otro Estado Miembro.
UOSS en España
Para todos aquellos sujetos pasivos que se encuentren dentro de España, podrán solicitar el acogimiento, modificación o baja al UOSS mediante el formulario 035. Las presentaciones trimestrales se realizarán mediante el Modelo 369 de IVA
Enlaces de interés:
Puedes encontrar más información dentro de la web de la comisión europea.
Haciendo clic aquí puedes acceder a la web de la AEAT para obtener más información sobre la nueva normativa del IVA y comercio electrónico. Para registrarte en España accede a este enlace.
Notas explicativas sobre las normas del IVA en el comercio electrónico