El IVA es el impuesto indirecto por excelencia que se aplica generalmente al consumo de muchos bienes y servicios.
El IVA o Impuesto de valor Añadido (VAT o Value Added Tax en inglés), es una tasa aplicable al consumo de bienes y servicios. Las empresas son las encargadas de cobrar y recaudar el IVA para luego presentarlo antes las autoridades fiscales de cada país.
A día de hoy, su uso dentro de la Unión Europea está bastante extendido. Por lo tanto, cuando realizamos operaciones comerciales con otro Estado Miembro, hay que tener en cuenta el tipo de IVA aplicable al producto o servicio. No solo dependerá del Estado Miembro/país, sino que también influirá el tipo de bien con el que se esté comercializando. Por ejemplo, en España la ropa tiene aplicado un 21% de IVA, mientras que en Alemania un 27%.
Actualmente, las exportaciones de bienes a países no pertenecientes a la Unión Europea no están sujetas al IVA, mientras que las importaciones sí lo están.
Además, es importante tener en cuenta la Normativa de IVA para el Comercio Electrónico en la Unión Europea que entró en vigor en 2021. Dicha normativa nos indica que debemos de aplicar el tipo de IVA de destino. Posteriormente, se declarará junto con las ventas de los demás Estados Miembros en una única declaración.
Como explicamos anteriormente en este blog, esta nueva normativa de ventanilla única es opcional, pero persigue disminuir la carga de trabajo y gestiones fiscales a los vendedores, aunque no exime de aplicar el tipo de IVA correspondiente en destino.
Tipos de IVA
Existen varios tipos de IVA que se aplican dentro de las fronteras de un país. Estos son el tipo general o normal, el reducido, el superreducido y el tipo cero.
General o normal: como su nombre indica, es el tipo impositivo más común en el territorio, aplicable a la mayoría de bienes y servicios. Es el que se aplica por defecto a cualquier bien o servicio que se comercialice dentro de sus fronteras. Tiende a aplicarse a productos como la ropa y el calzado, a los electrodomésticos, a los servicios de telecomunicaciones, etc.
Reducido o intermedio: este tipo impositivo tiende a aplicarse a aquellos bienes o servicios como los medicamentos de uso veterinario, equipos médicos, bienes de higiene femenina, servicios de transporte de viajeros, hostelería y restaurantes, etc.
Superreducido: este último se aplica a ciertos productos y servicios que tienen una necesidad de adquisición aún mayor que aquellos productos con un IVA reducido. Estos productos pueden ser medicamentos para el uso humano, alimentos como el pan común, frutas y verduras, legumbres, libros, viviendas de protección oficial, vehículos para personas con movilidad reducida, prótesis, entre otros.
Tipo cero: cuando aplica el tipo cero, el consumidor no tiene que pagar el IVA, pero el vendedor tiene el derecho a deducir el que haya abonado previamente en las compras directamente relacionadas con la venta posterior. Esta exención del IVA es aplicable a los productos como los huevos, la leche, los animales, etc. o servicios de seguros, sellos de correos, la enseñanza, servicios hospitalarios, actividades sociales, culturales y deportivas, entre otros.
Es de señalar, que estos ejemplos de bienes y servicios que se incluyen dentro de las descripciones anteriores se han extraído del IVA aplicable en España. En el resto de países europeos, las aplicaciones de IVA son bastante similares, salvo con algunos cambios.
Tipos de IVA aplicables dentro de la UE
En la siguiente tabla podrás encontrar los países pertenecientes a la Unión Europea, así como otros que tienen acuerdos comerciales con esta y los tipos de IVA que aplican por general en sus respectivos estados.
País | Tipo Superreducido | Tipo Reducido | Tipo General |
Alemania | – | 7% | 19% |
Andorra*** | – | 1% | 4,50% |
Austria | 10% | 13% | 21% |
Bélgica | 6% | 12% | 21% |
Bulgaria | – | 9% | 20% |
Chipre | 5% | 9% | 19% |
Croacia | 5% | 13% | 25% |
Dinamarca | – | – | 25% |
Eslovaquia | – | 10% | 20% |
Eslovenia | – | 9,50% | 22% |
España | 4% | 10% | 21% |
Estonia | – | 9% | 20% |
Finlandia | 10% | 14% | 24% |
Francia | 2,1% – 5,5% | 10% | 20% |
Grecia | 6% | 13% | 24% |
Países Bajos | – | 9% | 21% |
Hungría | 5% | 18% | 27% |
Irlanda | 4,8%-9% | 13,50% | 23% |
Italia | 4%-5% | 10% | 22% |
Islandia** | – | 12% | 24% |
Letonia | 5% | 12% | 21% |
Liechtenstein** | – | – | 7% |
Lituania | 5% | 9% | 21% |
Luxemburgo | 3%-8% | 14% | 17% |
Malta | 5% | 7% | 18% |
Noruega** | 8% | 15% | 25% |
Polonia | 5% | 8% | 23% |
Portugal | 6% | 13% | 23% |
Reino Unido* | – | 5% | 20% |
República Checa | 10% | 15% | 21% |
Rumania | 5% | 9% | 19% |
Suecia | 6% | 12% | 25% |
Suiza*** | 2,50% | 3,70% | 7,70% |
** Países dentro del Espacio Económico Europeo (EEE), con acuerdos comerciales.
*** Estos países no pertenecen a la UE, pero tienen relaciones comerciales y acuerdos.
Dentro del siguiente enlace podrás acceder a la web de la comisión europea donde encontrarás información sobre el IVA en los diferentes países comunitarios e información sobre sus respectivas autoridades fiscales.