Restricciones al comercio internacional

junio 23, 2022

Las restricciones al comercio son medidas de proteccionismo que imponen los países a los productos que provienen del exterior con el objetivo de proteger la producción local.

Hoy en día, gracias a internet y a la globalización es fácil acceder a otros mercados para conseguir bienes a los que no tenemos acceso en nuestra región, debido a que tienen otras características que se adaptan mejor a nuestra necesidades o por otros motivos (calidad, precio, etc.…).

Las nuevas tecnologías facilitan la operativa con el comercio exterior, la facilidad que existe a la hora de comprar en línea hace que los consumidores (tanto particulares como empresas) accedan a los mercados exteriores ya sean online o físicos para cubrir sus necesidades al igual que los gobiernos.

Las exportaciones a otros países aumentan y con ellas a su vez, la importaciones, abogando por el libre comercio (situación que se da en la Unión Europea). Pero aquí surge un dilema, ¿hasta qué punto estamos dispuestos a seguir consumiendo del comercio exterior y no abandonar el nuestro?. Y si soy una empresa, ¿Qué pasa si quiero comercializar con un país que se encuentra fuera de la UE?

De esta forma surgen las restricciones al comercio internacional, creando medidas de proteccionismo con el fin de proteger la economía local, salvaguardando los intereses del propio país frente a otros. Dentro de estas restricciones nos encontraremos con las barreras arancelarias y las barreras no arancelarias.

Barreras arancelarias

Las barreras arancelarias son restricciones al comercio internacional que limitan las importaciones y que se basan única y exclusivamente en la implantación de impuestos (arancel e IVA). Estos impuestos los deben de pagar en su mayoría las importaciones, los aranceles sobre los productos exportados son menos comunes y deben de estar acompañados del DUA (Documento Único Administrativo). También se puede dar el caso de aranceles que se paguen en el tránsito de un país con destino a otro.

Tipos de aranceles:
  • Ad valorem: que se basan en el cálculo de un porcentaje fijo sobre bien importado según el valor en aduana.
  • Aranceles específicos: carga monetaria que se aplica por unidad del bien importado.
  • Mixto: se aplican los dos aranceles anteriores de manera conjunta. Por ejemplo, se cobrará una cantidad por unidad, además de un porcentaje fijo.
  • Compuesto: es un arancel ad valorem al que se le ha fijado un valor mínimo o máximo o por el contrario, un arancel específico cuando el ad valorem no llegue al mínimo o supere la cuantía máxima.

Modalidad de aranceles:
  • Aranceles estacionales: estos se aplican en determinados momentos de acuerdo a la  época del año en la que se realice la transacción. Un ejemplo sería limitar la importación de naranjas que provengan de fuera de España en temporada de otoño/invierno mediante el cobro de un arancel.
  • Arancel cupo: se establece un arancel para una determinada cantidad o valor de la mercancía y al resto de esta, otro distinto. Por ejemplo, para una mercancía con valor de 10.000€ se ha aplicado un 5% a 1.000€ y al resto que excede (los 9.000€ restantes) un 4%, por lo que el valor del arancel sería: 410€.

El objetivo principal del arancel que se le impone a una mercancía importada es el aumento de su valor. Esta aumenta su precio, lo que da lugar a una disminución en el consumo de estas y así favorecer el consumo de productos nacionales. De esta forma se crea un proteccionismo dentro del mercado nacional.

Por otro lado, los aranceles a la exportación no suelen ser muy comunes porque de esta forma, estamos beneficiando a que la producción nacional pueda acceder de manera más sencilla al mercado internacional. 

Los efectos que producen los aranceles en las importaciones, son:
  • Efecto fiscal que se traduce en la recaudación de impuestos por parte del gobierno. Dependiendo si es un bien de primera necesidad, la recaudación será mayor.
  • Mejora en la balanza de pagos del país por la disminución de las importaciones.
  • El aumento de los precios en los productos importados favorece la venta de los productos nacionales.
  • Aumento de la producción nacional, para cubrir la demanda.

Barreras no arancelarias

Las barreras no arancelarias, a diferencia de las primeras, se basan en regulaciones, leyes, políticas y estrategias (que no incluyen impuestos) que impone el gobierno de un país para dificultar las importaciones. Estas barreras se imponen para controlar el flujo de la mercancía que se comercializa entre dos países, ya sea para proteger la producción local y fomentar su consumo, por cuestiones de salud, cuestiones medioambientales, protección de la flora y la fauna, o simplemente para imponer una calidad en la mercancía que se adquiere del exterior.

En el año 2012 la Organización Mundial del Comercio, la UNCTAD (Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo), el Banco Mundial y el Centro de Comercio Internacional, acordaron una clasificación para las medidas no arancelarias, la cual se divide en 16 categorías entre las cuales se encuentran:

  • Medidas técnicas:
    • Medidas sanitarias y fitosanitarias.
    • Obstáculos técnicos al comercio.
    • Inspección previa a la expedición y otras formalidades.

  • Medidas no técnicas:
    • Licencias no automáticas, contingentes, prohibiciones y medidas de control de la cantidad establecidos por motivos distintos de las MSF.
    • Medidas de control de precios, incluidas cargas e impuestos adicionales.
    • Medidas que afectan a la competencia.
    • Restricciones a la distribución.
    • Restricciones relacionadas con los servicios de posventa.
    • Subvenciones.
    • Medias financieras.
    • Restricciones a la contratación pública.
    • Propiedad intelectual.
    • Normas de origen.
    • Medidas en materia de inversiones relacionadas con el comercio.

  • Exportaciones:
    • Medidas relacionadas con las exportaciones.

Puedes acceder aquí a la clasificación de la UNCTAC las medidas no arancelarias.

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